Panorama

Miriám Germán instruye al Ministerio Público de llamar a víctimas LGTBQI con género que se identifiquen

"Todo personal que atienda a una víctima de la comunidad LGBTIQ, debe dirigirse a su persona de acuerdo a la identidad de género que exprese. Siempre se debe guardar discreción sobre los datos revelados",

Santo Domingo.- La procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, instruyó a los miembros del Ministerio Público cómo deben dirigirse ante una persona de la comunidad LGTBIQ ante un proceso judicial.

En el artículo 6 de la instrucción que busca que el órgano persecutor priorice las investigaciones que involucren violaciones de derechos humanos a personas de poblaciones vulnerables, se establece el respeto a la identidad u orientación de género.

«Todo personal que atienda a una víctima de la comunidad LGBTIQ, debe dirigirse a su persona de acuerdo a la identidad de género que exprese. Siempre se debe guardar discreción sobre los datos revelados», cita el documento fechado del 1 de septiembre de 2023.

La instrucción

La instrucción de Germán Brito establece que las personas de poblaciones vulnerables, de acuerdo a las 100 Reglas de Brasilia, son las que, por razón de su edad, orientación o identidad de género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales encuentran dificultades para ejercer a plenitud los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.

Acorde a esta descripción, indica que se consideran poblaciones vulnerables los adultos mayores, migrantes, integrantes de la comunidad LGBTIQ, personas con alguna discapacidad física o mental, o cualquier condición personal o social que genere un riesgo de vulnerabilidad análogo.

La funcionaria ordena a los servidores del Ministerio Público «accionar con la debida diligencia y priorizar la atención a estas víctimas», identificando el nivel de riesgo, y velar durante todo el proceso por el respeto a su privacidad.

Incluso, instruye realizar las diligencias a fin de reducir los desplazamientos de las víctimas a la sede de las fiscalías para garantizarle mayor protección y evitar su revictiminzación.

«»Se le proveerá la información necesaria sobre los pasos a seguir y los recursos legales disponibles. En el caso de migrantes que no hablen el idioma español, se procurará contar con cualquier medio con un intérprete judicial que haga comprender el proceso independientemente del estatus migratorio. Igual para las personas con discapacidad auditiva»»
Instrucción de la procuradora general, Miriam Germán Brito

El artículo 5 de la instrucción establece la realización inmediata de las experticias técnicas y periciales del caso. Recomienda homologar las órdenes de protección dentro de las 24 horas siguientes de la emisión, y que éstas nunca sean entregadas por la víctima.

A su vez, contempla la asistencia legal para las víctimas de ser necesario a través del Servicio Nacional de Representación Legal de los Derechos de la Víctima (Relevic).

Casos de alto riesgo

La Procuraduría considera caso de alto riesgo cuando la víctima tiene conocimiento de que su agresor la persigue, amenaza, asedia y/o posee armas de fuego. Ante esos casos, instruye las medidas cautelares urgentes, arresto y conducencia inmediata.

Además, para fortalecer la inteligencia criminal, el Ministerio Público debe registrar los datos que permitan caracterizar el delito, como: edad de víctimas y agresores, género, tipo penal, lugar y modus operandi. Estas informaciones serán remitidas periódicamente al Departamento de Estadísticas y Análisis de la Procuraduría General de la República.

Asimismo, los casos que involucren maltrato o puesta en riesgo de menores, deberán ser notificados a la Dirección Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes del Ministerio Público para que preste la asistencia que corresponda.

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