Santo Domingo, D.N..- El presidente Luis Abinader emitió este viernes el decreto 416-23 que aprueba el nuevo reglamento de aplicación de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, el cual integra las nuevas reformas y mejores prácticas para garantizar más eficiencia y transparencia en la gestión de las compras.
El documento que sustituye el reglamento 543-12 incorpora los decretos emitidos relacionados con las contrataciones públicas, así como las políticas y decisiones de las acciones administrativas adoptadas por el órgano rector.
El reglamento 416-23 introduce mejores prácticas relativas a la organización del sistema de contrataciones, criterios de evaluación, uso de herramientas tecnológicas, sostenibilidad, valor por dinero e inclusión de sectores productivos.
Asimismo, el régimen de contratación por excepción, administración y ejecución de los contratos, así como el desarrollo de las disposiciones sobre el ciclo de la compra y contratación en cada etapa, las medidas cautelares, las medidas y procedimientos disciplinarios y los recursos administrativos.
Dentro de las novedades, se incluye oficialmente el monitoreo de las contrataciones públicas por parte del órgano rector; se incorporan las compras conjuntas de las instituciones y se agregan sanciones administrativas que permitirán a la DGCP el inicio del procedimiento de inhabilitación de oficio.
Mediante una nota de prensa, el director general de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, saludó la decisión del Poder Ejecutivo tras considerar que la pieza corrige algunos entuertos y deja claramente establecidos aspectos que anteriormente estaban sujetos a interpretación lo que, a su entender, facilitará la correcta aplicación de la Ley.
Pimentel reveló que para la elaboración del nuevo reglamento se tomó en cuenta la perspectiva de distintos sectores, organizaciones no gubernamentales, asociaciones empresariales y representantes de la sociedad civil para asegurar la transparencia y el involucramiento de los ciudadanos mediante una consulta pública.
Este Reglamento, a excepción del Artículo 252 y su Párrafo, entrará en vigencia a los 6 meses a partir de la fecha de su promulgación.