Santo Domingo, D.N.- El Consejo de Defensa de Jean Alain Rodríguez aclaró a los medios de comunicación respecto a la vigencia y carácter irrevocable de la decisión No. 46/2023 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU enviada al presidente Luis Abinader, solicitando formalmente la inmediata puesta en libertad de nuestro representado, mientras continua el natural proceso judicial, al determinar la ONU que la actual prisión preventiva es arbitraria y sin peligro de fuga.
Asimismo, se refirieron al derecho a réplica ejercido por el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo Licenciado Antoliano Peralta ante un medio de comunicación digital y radial y los comentarios vertidos respecto al Oficio No. 092 de fecha 19 de enero de 2024 remitido por la Presidencia de la República a la Procuradora General de la República, Miriam Germán Brito contentivo de la Solicitud formal No.46/2023 de la ONU al Gobierno dominicano para la puesta en libertad del ciudadano Jean Alain Rodríguez Sánchez.
Aclararon que la remisión de dicha solicitud por parte del Presidente de la República a la Procuradora General de la República, no corresponde a un compromiso o alianza política como ha sido informado, sino al cumplimiento de una obligación en su condición de Jefe de Estado y de Gobierno, ya que dicha Decisión de la ONU va dirigida directamente al gobierno dominicano y el Presidente es quien representa al gobierno, avalada en el artículo 26 de nuestra Constitución y 1ro. del Código Procesal Penal, que establecen la obligación del Gobierno de la República Dominicana de cumplir los convenios internacionales ratificados por nuestro congreso, “incluso con supremacía a nuestro ámbito interno, destacando la carta magna que nuestras relaciones internacionales se fundamentan y rigen por el respeto a los derechos humanos y al derecho internacional, el cual ha señalado la ONU que hemos quebrantado, solicitando al Presidente como jefe de Gobierno que realice los urgentes e inmediatos reparos a los cuales nuestro país se encuentra obligado”.
En ese sentido, informaron que esta decisión de la ONU es definitiva e irrevocable y que conforme la normativa internacional aprobada por nuestro país, esta Decisión se encontrará vigente hasta tanto el Gobierno dominicano ordene la libertad contemplada en la misma.
También, señalaron que ningún organismo jerárquico ni adicional, ni paralelo, ha suprimido, desestimado, cuestionado ni eliminado esta Decisión, sino que muy al contrario, ante la actitud de desacato a una decisión tomada por un organismo internacional al cual pertenecemos como parte de un tratado internacional, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU podría sancionar el desacato de esta Decisión hasta con la expulsión del país de dicho Consejo, tal cual expulsó recientemente a la Federación de Rusia por no acatar una solicitud de respeto a la misma Declaración Universal de los Derechos Humanos violada por el Gobierno dominicano, habiendo votado la República Dominicana a favor de esta expulsión.
La Decisión No. 46/2023 es emitida por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU a través de su Grupo de Trabajo Sobre Detenciones Arbitrarias, siendo esta una indiscutible decisión de la misma ONU, publicada de manera oficial en su página Web, y notificada a la Cancillería dominicana de manera oficial, esto así a razón de que la ONU toma todas sus decisiones a través de sus órganos operativos. Expresar que se trata de “un Grupo de Trabajo”, que no es la ONU, equivale a argumentar que una acusación de la PEPCA, no es una acusación del Ministerio Público.
Respecto a un absurdo lobbismo realizado para obtener esa decisión, advirtieron que los comentarios emitidos procuran desmeritar el organismo más grande y de mayor prestigio del planeta para justificar el desacato a esta Decisión, sin haberse presentado un solo caso de irregularidad o lobbismo en los 78 años de su fundación.
La realidad es que esta decisión, de carácter definitivo e irrevocable, se genera luego de agotar la ONU y su Grupo de Trabajo un proceso contradictorio de casi dos años, en el cual la Procuraduría General de la República contestó y presentó su expediente de más 12,000 páginas con 3 meses de retraso para entorpecer este proceso, expediente que le fue aceptado de manera tardía y luego de evaluar y ponderar profundamente los argumentos y pruebas depositados por ambas partes, un equipo de expertos internacionales imparciales que incluye jueces de reconocido prestigio, fallaron en contra del Gobierno dominicano y confirmaron que este arresto y prisión es arbitrario, injustificado e ilegal. Las únicas personas con acceso a los países o Estados miembros del Consejo de los Derechos Humanos de la ONU que tomó esta decisión, son los miembros de nuestra misión diplomática permanente en Ginebra, donde fue tomada esta Decisión.
Por último, “aclaramos que el retiro temporal del visado estadounidense a Jean Alain Rodríguez y su familia, no incluyó sanciones financieras ni bancarias, y que responde a una abusiva solicitud directa de las autoridades dominicanas, de nuevo violando la presunción de inocencia y el debido proceso, sin tan siquiera este haber sido entrevistado, interrogado o iniciado la presentación de su defensa en una audiencia preliminar, procurando una injerencia extranjera al remitir injustificadamente a ese país el engañoso expediente acusatorio con la intención de opacar la decisión de la ONU que ordenó su libertad y depositar formalmente la PEPCA la publicación de la página web de dicha noticia ante el Tribunal apoderado, pretendiendo que con esto el Tribunal niegue la libertad al mismo durante el litigio que tendrá lugar este miércoles 31 de enero. Aclaramos que en nada influye ni se relaciona esa limitación de acceso a un país del cual somos soberanos e independientes, frente a la solicitud de libertad de un organismo (no un país) como la ONU, del cual somos miembros y nos comprometimos a acatar sus decisiones junto a otros 192 Estados miembros. No podemos pretender amar la ONU para solicitar ayuda con el tema haitiano, pero desacatar sus decisiones cuando políticamente no convienen”.
Apelaron a la intención de los comunicadores de hacer eco de estas aclaraciones, destacando que esta decisión de la ONU no se refiere al fondo de la acusación ni al proceso penal que se sigue contra Jean Alain Rodríguez, sino exclusivamente al derecho constitucional y legal de continuar ese proceso en libertad, al no existir una sola razón legal que justifique su arresto por mas de 1,000 días, garantizando que al igual que los más de 200 servidores públicos y empresarios que han sido acusados de supuestas irregularidades administrativas en estos últimos 3 años, el mismo estará presente e interesado en asistir a cada audiencia a la que sea convocado.